![]() El 5 de Abril de 2013 el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Dicho Real Decreto establece que todo inmueble que se ponga a la venta o en alquiler, o se publicite para dichos fines, deberá disponer de un certificado de eficiencia energética a partir del 1 de Junio de dicho año. El certificado, que tiene una validez de 10 años, debe ser elaborado por un técnico habilitado para ello. Es importante que dicho técnico realice bien su trabajo pues una mala certificación depreciará injustamente su inmueble en el mercado inmobiliario. Resulta evidente que los inmuebles con una peor calificación energética serán menos atractivos para el potencial comprador o inquilino que aquellos con una mejor calificación.
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